Derechos Legales Postnatales

Derechos Legales Postnatales

Al igual que los derechos prenatales, los que corresponden después del parto el empleador no se puede negar a respetarlos.
 A lo largo de los años esta ley se ha ido modificando hasta la ley de 6 meses que conocemos actualmente, esta se puede otorgar una parte a la pareja o no. Vamos a revisarlo uno por uno:


  • Permiso Postnatal: Corresponden a 12 semanas después de ocurrido el parto (84 días).
  • Permiso Postnatal Prolongado: Corresponde si producto del parto de produce una enfermedad en la madre la cual le imposibilita volver al trabajo. Este derecho es irrenunciable.
  • Permiso Postnatal Parental: Corresponde al permiso de 12 semanas posterior al nacimiento del hijo que se pueden dividir de dos maneras:
         - 12 semanas a jornada completa, con 100% de subsidio con tope de 66 UF Brutas          ($1.599.564.-)
   
         - 18 semanas a media jornada, con un 50% de subsidio correspondiente.

SE DEBE AVISAR AL EMPLEADOR 30 DÍAS ANTES DE COMENZAR EL POSTNATAL PARENTAL LA FORMA EN QUE SE REALIZARÁ MEDIANTE UNA CARTA CERTIFICADA.


¿Como puedo traspasar el Permiso Postnatal al Padre?

- Deben estar ambos de acuerdo, pero pese a esto la decision es de la madre otorgarlo. 

- Puedes traspasar hasta 6 de las 12 semanas de jornada completa o bien hasta 12 semanas del correspondiente a 18 semanas a media jornada 

- Aquellos que trabajan en el sector privado deben enviar copia del aviso a la Dirección del Trabajo 

- De NO informar nada, se dará por hecho que la madre optará por las 12 semanas.



Fuente: Chile Crece Contigo. http://www.crececontigo.gob.cl/wp-content/uploads/2009/11/Cronologia-de-fuero-y-descansos.png









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